Pico y Placa de Taxis en Bogotá Cargando fecha…
Día y hora actual:
Pueden Circular
las 24 horas
Vehículos Taxis con placas terminadas en:
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CIRCULAN
1-2-3-4-5-6-7-8En Bogotá D.C.
NO Pueden Circular
de 5:30am a 9:00pm
Vehículos Taxis con placas terminadas en:
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NO CIRCULAN
9-0En Bogotá D.C.
Aplica para:
La medida de Pico y Placa para Taxis restringe la circulación de los vehículos automotores de servicio público tipo taxi en el perímetro urbano de Bogotá D.C. durante días hábiles, de acuerdo con el último dígito de la placa, en el siguiente horario:
- De 5:30 a.m. a 9:00 p.m.
No Aplica para:
Están exentos de esta medida los siguientes casos:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
Taxis con tecnología 100% eléctrica o híbrida enchufable, siempre y cuando estén debidamente registrados como tal. - Taxis asignados a servicios especiales.
Aquellos destinados al transporte de personas en condición de discapacidad o que formen parte de programas de movilidad social autorizados por el Distrito. - Taxis que presten servicios durante emergencias.
Vehículos habilitados para transportar personas hacia centros médicos en situaciones de emergencia, debidamente documentadas y reportadas. - Vehículos de seguridad o atención prioritaria.
Taxis contratados por entidades oficiales en cumplimiento de actividades de seguridad, gestión judicial, o atención a desastres.
Toda la Normatividad:
El marco normativo de esta restricción está contenido en el Decreto 003 del 6 de enero de 2023 y sus modificaciones, emitidas por la Alcaldía de Bogotá.
Multas o Sanciones:
Circular en horario y día de restricción establecido por el Pico y Placa conlleva las siguientes sanciones:
- Multa: $650.000, equivalente a 15 salarios mínimos diarios vigentes.
- Inmovilización del vehículo: El taxi será llevado a patios, y el propietario deberá asumir los costos de grúa y parqueadero.
Para evitar sanciones, te recomendamos verificar el calendario de restricción semanal y planificar tus desplazamientos con antelación.