Pico y Placa de Particulares Bogotá Cargando fecha…

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Última actualización: 25/07/2025

Pueden Circular
las 24 horas

Vehículos con placas terminadas en:
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CIRCULAN

0-6-7-8-9

En Bogotá D.C.

NO Pueden Circular
de 6:00am a 9:00pm

Vehículos con placas terminadas en:
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NO CIRCULAN

1-2-3-4-5

En Bogotá D.C.

Aplica para:

El pico y placa (Restringir la circulación) aplica para los vehículos automotores de servicio particular en el perímetro urbano de la ciudad de Bogotá D.C. desde las 6:00 y hasta las 21:00 horas durante los días hábiles de la semana según el último dígito de la placa.

No Aplica para:

  • Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
  • Caravana presidencial. Grupo de vehículos que hagan parte del esquema de seguridad de la Presidencia de la República y estén al servicio de actividades inherentes.
  • Vehículo de servicio diplomático o consular. Automotor identificado con placas especiales asignadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Carrozas fúnebres. Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros, propiedad de las funerarias o agencias mortuorias.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado. Los automotores que pertenezcan o hagan parte de los cuerpos de seguridad del Estado. Fuerzas
  • Militares, Policía Nacional. Unidad Nacional de Protección y Cuerpo Técnico de
  • Investigación de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de policía judicial.
  • Vehículos de emergencia. Automotores debidamente identificados e iluminados, dispuestos para movilizar personas afectadas en salud. prevenir o atender desastres y/o calamidades. o actividades policiales, debidamente registrados como tal con las normas y características que exige la actividad para la cual se matriculen. y los automotores propiedad de las empresas que prestan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, solo cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad:
  • Automotores que transporten o sean conducidos por personas cuya condición motora, sensorial o mental límite o restrinja de manera permanente su movilidad.

Toda la Normatividad

  • Decreto 003 del 6 de enero de 2023

Multa o Sanciones

Circular en horario y día de restricción conlleva a sanciones o multas. Te informamos las posibles multas:

En Bogotá, durante 2024, quienes incumplan la norma del pico y placa deberán pagar una multa de $650.000, correspondiente a 15 salarios mínimos diarios. Adicionalmente, el vehículo será inmovilizado, y el conductor tendrá que cubrir los gastos asociados a grúas y patios.